TERMINAL DE CRUCEROS MUELLE MAUÁ
Para garantizar un viaje tranquilo y cumpliendo con todos los requisitos y criterios de las leyes federales, Pier Mauá proporciona información importante y enlaces sobre la documentación necesaria para abordar cruceros. Pueden ser consultados ampliamente en los sitios web de la Policía Federal, Itamaraty, Planalto y Justicia Federal.
Es importante que todos los pasajeros presenten un documento original, en buen estado y con fotografía que coincida con la apariencia actual de la persona. Recomendamos que el documento tenga menos de 10 años. Está prohibido por ley que los pasajeros embarquen con copias de documentos (fotografías), incluso si están autenticados.
Autorización de Alojamiento – Para los menores de edad que viajarán sin la compañía de sus tutores, además de la autorización de viaje, es necesario presentar autorización de alojamiento, de conformidad con el artículo 250, de la Ley nº 8.069, de 13 de julio de 1990. La autorización es Imprescindible para viajes nacionales e internacionales.
– Acceder a la web del Poder Judicial para consultar documentación para menores
http://www.tjsp.jus.br/Download/CoordenadoriaInfanciaJuventude/pdf/AutorizacaoViagemMenor/AutorizacaoViagemMenorEsclarecimentos.pdf
ADEMÁS DE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DE ESTA PÁGINA, LE RECOMENDAMOS CONFIRMAR LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA CON LA EMPRESA MARÍTIMA, YA QUE PUEDE CAMBIAR SEGÚN EL ITINERARIO.
(Itinerarios exclusivamente brasileños)
Adultos brasileños: Cédula de Identidad (RG) vigente o cualquier documento de identificación con fotografía válido en el Territorio Nacional (CNH, CREA, OAB, CRM, CTPS, etc.).
Brasileños menores de 12 a 18 años: Cédula de Identidad Vigente (RG)
Brasileños menores de 12 años: Cédula de Identidad (RG) vigente o Acta de Nacimiento vigente
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/L8069.htm
– Ley 8069, fracción III, art. 83, artículo 1
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/L8069.htm
– Resolución 131 de 26 de mayo de 2011, art. 2do
Extranjeros: Tarjeta RNE o pasaporte en vigor.
LE RECOMENDAMOS CONFIRMAR LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA CON LA EMPRESA DE ENVÍO, YA QUE PUEDE CAMBIAR SEGÚN EL ITINERARIO.
TARJETA DE VACUNACIÓN/CERTIFICADO DE SALUD
- Resolución nº 131, de 26 de mayo de 2011 – Prevé la concesión de autorización de viaje de niños y adolescentes brasileños al exterior y deroga la Resolución nº 74/2009 del CNJ.
- MERCOSUR/GMC/RES. N° 31/08 – El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados y la Resolución N° 75/96 del Grupo Mercado Común.